“El Código Penal recibe parches desde 1921 con unas 900 reformas parciales”
Mucho se ha dicho, se dice y seguramente se dirá, mediáticamente, respecto los dos documentos -Anteproyecto de Código Penal y su respectiva Exposición de Motivos- que fueron realizados por la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación. *Pablo L. Di LolloColaboración Dicho anteproyecto fue encabezado por prestigiosos juristas, los Dres.: Eugenio Raúl Zaffaroni, Presidente; León Carlos Arslanián, María Elena Babagelata; Ricardo Gil Lavedra y Federico Pinedo. Como Secretario de la Comisión ofició el Dr. Julián Álvarez y el Coordinador es el Dr. Roberto Manuel Carlés.El Anteproyecto, tal como se lo expresa en la Exposición de Motivos "...pretende cubrir una urgente necesidad y, al mismo tiempo, retomar la línea de una tradición legislativa codificadora nacional que se remonta a un siglo y medio y aún más lejos".El mismo, a partir del 21 de abril del corriente año, y por un lapso de 90 días entró en un período de debate abierto a la sociedad. Transcurrido ese tiempo, la comisión redactora sumará un nuevo dictamen al Anteproyecto y recién entonces se elaborará un proyecto de Ley para que se discuta en el Congreso Nacional.El actual Código Penal viene recibiendo parches y zurcidos desde 1921, con unas 900 reformas parciales que lo tornan irreconocible, impulsada por climas de opinión y juego político permanente con una tendencia a promover la selectividad penal desde la política. La más radical fue el de las llamadas "Leyes Blumberg", que terminó de desbalancear la proporcionalidad entre las penas por los distintos delitos. Por solo poner en el "tapete" este desequilibrio, puede observarse que algunos delitos contra la propiedad tienen hoy una pena igual o mayor a delitos contra la vida. La implosión del Código de 1921 y la pluralidad de leyes penales especiales, así como también normas diversas introducidas -de naturaleza penal o no- ponen en duda el plano legal.La codificación, como técnica legislativa, exigida por nuestra Carta Federal -Art. 75, inciso 12- demanda completividad en una determinada materia jurídica, sistematicidad de sus disposiciones, claridad de lenguaje con al máximo de precisión posible está designada al mejor cumplimiento del mandato constitucional de afianzar la justicia enunciado en su preámbulo.Cabe consignar, en primer término, que el Gobierno publicó el texto del Anteproyecto sin hacerle ningún cambio y en razón de ello, abrió la discusión a fin de que se formularan observaciones al texto en universidades, ONG y asociaciones de abogados y jueces. El puntapié inicial se dio en el aula magna de la Facultad de Derecho de la UBA el 21 de abril pasado, donde estuvo presente el juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Eugenio Raúl Zaffaroni, el ex ministro de Seguridad León Arslanian, la socialista María Elena Barbagelata, el macrista Federico Pinedo y el radical Ricardo Gil Lavedra, junto a los decanos de las facultades de Derecho de todo el país.En el mismo sentido diversas entidades se encuentran organizando debates. Carlés estuvo en una conferencia en Catamarca, participó en otra organizada por el Colegio de Abogados y la APDH de Santiago del Estero. Hubo otros debates en la Asociación de Abogados de Capital Federal y en el Colegio Nacional de Buenos Aires.En nuestra provincia, en el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en la Charla Debate sobre la "Necesidad de la Reforma Penal" la Dra. María Laura Garrigós de Rébori, Presidenta de la Asociación de Justicia Legítima, en un encuentro mantenido en el Salón de Audiencias del STJ el 24 de abril pasado junto a Magistrados, Funcionarios y Personal del Fuero Penal se refirió a la necesidad de divulgar, poner en conocimiento de todos y debatir el Anteproyecto como paso fundamental para lograr el consenso social para sostenerlo. La Dra. Garrigós señaló, entre otras cuestiones que "...al nuevo Código hay que bajarlo a toda la sociedad, llevarlo a las escuelas, a los colegios secundarios, mostrarlo, discutirlo. Esta es la forma en que leyes tan importantes como esta merecen ser consensuadas".En el ámbito político, antes de que hubiera un proyecto definitivo o siquiera se presentara en el Congreso, el diputado Sergio Massa lanzó una campaña en contra del Anteproyecto que incluyó el pedido de una consulta popular sobre el tema -algo que, según reconocida doctrina nacional estaría vedado en la C.N. para materia penal-, quien, luego de un cruce de críticas, consiguió que otros sectores de la oposición dieran un giro y rechazaran el tratamiento del Anteproyecto; cuestión ésta que resulta especialmente llamativa, fundamentalmente, para aquellos sectores que habían participado en la redacción del Anteproyecto, como la UCR, el socialismo y el PRO.Entiendo, que dicho legislador ha tomado el tema no como una tarea de búsqueda de acuerdos sino como un tema de posicionamiento y especulación política en base a la desinformación -en algunos aspectos de carácter eminentemente técnicos, muy notoria por cierto- y la descalificación.También se dijo, que el Anteproyecto "carece de una "Exposición de Motivos", por medio de la cual se explique a los legisladores y al pueblo de la Nación las razones por las que se propone "nada menos que la sustitución completa del Código Penal".Esto, sin más, pone en clara evidencia el desconocimiento y la poca seriedad de la crítica al Anteproyecto. Tal como se puede corroborar en el texto dado a conocer por el Sistema Argentino de Información Jurídica, página web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, luego de la Prolusión al Poder Ejecutivo que lleva fecha del 10 de diciembre de 2013 y del Informe Técnico, se encuentra la "Exposición de Motivos", donde con meridiana claridad el Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni y Dr. Roberto Carlés ponen en relieve la "necesidad y tradición de la reforma", los "Antecedentes y proyectos históricos de codificación tradicional argentina", para luego entrar a la fundamentación del Libro Primero, Parte General, Titulo I, "Principios y Aplicación de la Ley Penal", Titulo II, "Hecho Punible", Título III, "De las Penas y Medidas"; Título IV, "Del Ejercicio de las Acciones"; Titulo V, "Extinción de Acciones y Penas"; Titulo VI, "Del Registro Penal"; Titulo VII; "Decomiso del Provecho e Instrumentos del Delito"; Titulo VII, "Reparación de Daños y Costas"; Titulo IX, "Sanciones a Personas Jurídicas"; Titulo X, "Significación de Conceptos Empleados en este Código"; Libro Segundo, "De los Delitos" -Parte Especial, como se suele llamar- con XVI Títulos -Crímenes contra la humanidad, Delitos contra las personas; Delitos contra el honor; Delitos contra la libertad; Delitos contra la integridad y la libertad sexual; Delitos contra las relaciones de familia y el Estado civil; Delitos contra el patrimonio; Delitos contra el orden económico y financiero; Delitos contra la hacienda pública y la Seguridad social; Delitos contra la seguridad pública; Delitos contra el ambiente, la fauna y la flora; Delitos contra el orden público; Delitos contra la seguridad de la Nación; Delitos contra los poderes públicos, el orden constitucional y la vida democrática; Delitos contra la administración pública; y, Delitos contra la fe pública.Seguidamente hay un Anexo a la Exposición de Motivos, con los fundamentos de cada una de las disidencias planteadas en el seno de la Comisión; las propuestas remitidas al Coordinador de la Comisión por la Administración Federal de Ingresos Públicos, con sus respectivas sugerencias. Por último, el articulado del Anteproyecto de Código Penal de la Nación Argentina.En segundo lugar, es dable destacar, desde lo personal, que no cabe ninguna duda que la elaboración del nuevo Código Penal no debe realizarse alejada de toda conexión con la realidad sociocultural donde va a ser aplicado. Empero, cierto es que la desafortunada e inoportuna intervención mediática de algunos políticos ha coadyuvado a transmitir, falsamente, la idea que con este Código se favorecerá al delincuente, que se flexibilizan las penas, y aumentará el desamparo del hombre común -entre muchas otras cosas-, lo que para nada es así.Es un engaño hacer creer que con un Código Penal -cualquier sea su orientación- se va a solucionar el problema de inseguridad que hoy se vive en algunos lugares de nuestro país; ello no deja de ser una falsa ilusión. La sanción penal es la respuesta ante el delito, no la solución de sus causas.La seguridad de los ciudadanos se modifica con inclusión social, con la generación de ámbitos de estudio, incremento en los niveles de empleo, con mejoras y ensanchamiento de los accesos a la educación; con contención social; con ampliación de derechos, etc. En definitiva, eso es lo que va a traer mayor nivel de seguridad.Por último, cabe señalar, indubitablemente, que algunos de los 289 artículos que componen el Anteproyecto sufrirán modificaciones o supresiones; pero también cierto es, que las leyes deben ser conocidas por el conjunto de la población, motivo por el cual, el análisis y discusión del Anteproyecto en estos noventa días debe llevarse a todos los niveles del tejido social, habida cuenta que es necesario que la Ley se sostenga con el apoyo de la sociedad que es su final destinataria.- *Abogado especializado en D. Penal.
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