¿SUBE EL GAS?
El Gobierno Nacional liberó a las leyes del mercado la regulación del precio de la garrafa

El Gobierno limitó por decreto la “intervención estatal” exclusivamente “a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes, sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda”, que quedarán “regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
El Decreto 446/2025, que lleva las firmas del presidente, Javier Milei; del jefe de ministros, Guillermo Francos; y del ministro de Economía, Luis Caputo, modificó la Ley N° 26.020, que determinaba el marco regulatorio para la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) en el país y fijaba las competencias, funciones y responsabilidades del Poder Ejecutivo Nacional y de la Autoridad de Aplicación para el desarrollo de la actividad, incorporando un esquema de intervención estatal que abarcó aspectos técnicos, económicos y operativos a lo largo de toda la cadena de valor del GLP. El Decreto se publicó el miércoles 2 de julio en el Boletín Oficial.
El Decreto recordó que “por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 se declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética, delegándose en el Poder Ejecutivo Nacional facultades allí dispuestas, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia”.
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El Decreto señaló que la Ley Nº 26.020 determinaba que “el régimen vigente otorga un rol protagónico a la Autoridad de Aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”.
El Decreto determinó que, “en este sentido, dicha intervención estatal debe limitarse exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes, sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
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También recurrió al mantra libertario al señalar que “el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de GLP, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de GLP al menor costo posible para los consumidores”. Añadió que “a tal efecto, solo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación”. (Fuente: APFDigital)