ESCÁNDALO EN EL EJÉRCITO
Elevan a juicio la primera causa que fue denunciada por abuso sexual dentro del Regimiento
Se trata del caso en que un suboficial abusó de una soldada voluntaria en julio de 2021 y que fue denunciado inmediatamente. El hecho habría ocurrido cuando el acusado tenía 42 años y 28 años de servicio en el Ejército y la víctima 21 años y menos de 7 meses dentro del Regimiento. Es un caso diferente por el que quedó procesado el ex Jefe del Destacamento local Facundo Candiotti. Los cargos, en este caso, son por abuso sexual gravemente ultrajante y la Fiscalía ya realizó la solicitud para que la causa sea elevada a juicio.
Amílcar Nani
El fiscal federal subrogante a cargo de la fiscalía federal de primera instancia de Gualeguaychú, Pedro Mariano Rebollo, le solicitó al titular del juzgado federal Hernán Viri que eleve a juicio la investigación contra un suboficial del Ejército acusado de abuso sexual ultrajante que tuvo como víctima a una soldada voluntaria del ex Regimiento de Caballería N°12 “Dragones Coronel Zelaya”, actual Escuadrón de Exploración de Caballería Nº2. Según la investigación, los hechos habrían ocurrido el 13 de julio de 2021.
El imputado es un suboficial del Ejército de 44 años apodado “gringo” y oriundo de la localidad de Polvorines, provincia de Buenos Aires. Su defensa es ejercida por los abogados José Ostolaza y Pablo Exequiel Sotelo.
La investigación se inició a raíz de la denuncia realizada oportunamente por la víctima, identificada con las siglas L.A.H., y fue delegada en el Ministerio Público Fiscal (MPF). Entre otras medidas, la fiscalía solicitó entonces el allanamiento de la unidad militar, además de medidas de protección hacia la denunciante, a fin de garantizar su integridad psicofísica y la no repetición de los hechos de violencia. También puso en conocimiento a la Oficina de Género del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas respecto de la formación de la presente causa.
Según la denuncia realizada en julio de 2021 en la Comisaría de la Minoridad y Violencia de Género, la soldada voluntaria se dirigió a las 11 de la mañana a la Oficina de Operaciones del Regimiento, donde desempeñaba su labor. Al ingresar se encontró con el suboficial principal, quien estaba a cargo del lugar. Entonces, cuando estaba preparando el mate, el sujeto se le acercó y le empezó a rozar el cuerpo y sus partes íntimas con sus manos, la dio vuelta, la apoyó e intentó besarla. La denunciante apartó su rostro y le pidió que se detenga, pero él siguió insistiendo mientras seguía manoseándola, metiéndole la mano dentro del pantalón y arrinconándola contra una pared, impidiéndole de esa manera poder escapar.
Luego de forcejear y negarse sistemáticamente, logró apartarlo y se fue a otra parte de la oficina. Él, mientras tanto, se reía, pero luego se le volvió a acercar, le agarró la mano y la obligó a que le toque sus partes íntimas.
Se pudo volver a alejar de él tras un nuevo forcejeo y la soldada logró un alivio momentáneo cuando entró un subteniente a la oficina. Pero cuando creía que estaba a salvo, el suboficial denunciado le dijo a la persona que entró: “Mi subteniente entró a interrumpir: 5 minutos más que me dejaba solo con ‘la milica’ y me hacía de novio”. Finalmente, salió de la oficina y se tomó del brazo de la primera persona que encontró, a pesar de no tener relación. Esto fue ratificado por esta persona cuando fue citada como testigo: “Yo con ella no tengo relación, pero cuando salió me agarró el brazo. Me pareció raro”.
Todo esta situación ocurrida en julio de 2021 habría sucedido cuando el suboficial tenía 42 años y 28 años de servicio en el Ejército, mientras que la soldada voluntaria tenía 21 años y menos de 7 meses dentro del Regimiento.
Por esto mismo, el 25 de agosto de 2022, en línea con el pedido del representante del Ministerio Público Fiscal, el Juzgado Federal de Gualeguaychú procesó al imputado como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante. En noviembre pasado, esta resolución fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná.
Cuando se le tomó declaración indagatoria al acusado, este negó el abuso sexual e inmediatamente comenzó a descalificar a la víctima, afirmando que no sabía cumplir tareas simples, que era impuntual y que se ausentaba de sus labores sin poder explicar donde había estado. “A modo de ejemplo puedo decir que una vez la soldado pidió permiso para ir al baño, 45 minutos después nadie sabía dónde estaba”, declaró en un momento el imputado en un intento de descalificación contra la denunciante.
Pero tal y como la Fiscalía informó en la solicitud de elevación a juicio de la causa, en esta declaración se notó que en la declaración del imputado “se vislumbraba una cosificación hacia la soldado L.A.H. y su falta de consideración como persona que merece respeto en condiciones de igualdad y no discriminación. Así se refirió a ella como ‘la milica’ (…) algo que da cuenta de la cultura institucional de la formación militar del suboficial acusado hacia la falta de consideración de las mujeres como soldadas con los mismos derechos que el resto de los soldados”. Además, los fiscales también notaron que la declaración del imputado era contradictoria en algunos pasajes: por un lado dijo que la soldada no estaba fija en Operaciones, sin embargo también afirmó que constantemente debía avisarle a él donde estaba”.
También se detectó que mintió sobre cuando se enteró sobre la denuncia de la soldada L.A.H. en su contra: oficialmente afirmó que supo el 14 de julio a las 8 de la mañana por parte del Oficial de Servicio; pero por la información extraída de su teléfono celular se supo que al mismo tiempo en que la víctima conversaba sobre lo sucedido con su jefe directo, él mantenía conversaciones con sus superiores, quienes lo informaban sobre la situación en la que estaba.
En la instrucción de la causa, la fiscalía contó con la colaboración de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres de la Procuración General de la Nación (UFEM), a cargo de Mariela Labozzetta, la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC) y la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA).
Hechos y calificación legal
En relación con la calificación legal por la que formuló acusación, la Fiscalía puso de relieve que "el paso de un abuso simple a un abuso sexual gravemente ultrajante se da en el presente caso, por el mayor desprecio a la dignidad e integridad personal de la víctima, tanto por su duración y por las circunstancias de su realización", pues "las condiciones de duración se vislumbran en el presente caso en virtud de la reiteración de los tocamientos, a pesar de la oposición física y verbal de la víctima, como así también en su imposibilidad de retirarse de manera definitiva del lugar. Esto se observa de su relato, como también del imputado, que luego de ocurrido el abuso, este la hacía entrar y salir de la Oficina de Operaciones y la enviaba a realizar distintas tareas, lo que implicaba que continuaba bajo su esfera de dominación y control".
“La justicia federal de Gualeguaychú se ha encontrado con sucesivos testigos, la mayoría soldadas voluntarias que han dado su relato sobre los hechos vividos dentro del Escuadrón pudiéndose observar un maltrato habitual y sistemático", destacó la fiscalía.
"No es un dato menor que los hechos denunciados hayan ocurrido en un establecimiento militar, por parte de un superior jerárquico, con 28 años de antigüedad en la institución, hacia una soldada voluntaria recientemente ingresada, con una diferencia etaria entre ambos de más de 20 años", agregó el MPF para remarcar la "relación asimétrica" entre imputado y víctima.
En tal sentido, refirió que "el suceso del abuso sexual en el lugar de trabajo, por una persona que es su superior jerárquico al cual debía seguir viendo cotidianamente, permaneciendo en lugares cerrados y a solas, da cuenta de la mayor afectación que sufren los bienes jurídicos protegidos –libertad e indemnidad sexuales–, como consecuencia de la forma que adquiere el abuso sexual mediante el sometimiento y que traspasa el límite del ultraje natural que acarrea toda intervención dolosa de terceros en el ámbito de la esfera sexual".
Argumentos de la fiscalía
En su presentación, el fiscal consideró que los hechos que se investigan en esta causa “configuran violencia sexual hacia las mujeres en el ámbito laboral y que ocurrieron dentro de un establecimiento militar, mientras denunciado y denunciante se encontraban cumpliendo funciones”.
Destacó además que la presente causa “no es la única” ante esa jurisdicción federal en la que se investigan hechos de similares características dentro del actual Escuadrón de Exploración de Caballería 2.
“La Justicia Federal de Gualeguaychú se ha encontrado con sucesivos testigos, la mayoría soldadas voluntarias que han dado su relato sobre los hechos vividos dentro del Escuadrón pudiéndose observar un maltrato habitual y sistemático. Este maltrato se manifiesta en dichos con connotaciones sexuales, asignación de tareas inferiores, mensajes continuos de la función poco relevante que las mujeres tienen en las fuerzas armadas, especialmente en el Ejército Argentino”, resaltó el representante del MPF.
Señaló que las víctimas y el resto de las testigos mujeres son jóvenes de entre 18 y 25 años que ingresaron al Ejército como soldadas voluntarias, con expectativas diversas, entre ellas, tener una fuente de ingresos y una posibilidad de desarrollo profesional, viviendo experiencias que las colocan aún más en una posición de “vulnerabilidad y temor”.
En ese sentido, destacó también “la cantidad de soldadas voluntarias que se han dado de baja o que han manifestado que se quieren ir” y las “pocas” que intentan ir a la Escuela de Suboficiales a continuar la carrera militar.
“Avanzar en la investigación de los hechos ocurridos en el establecimiento militar de Gualeguaychú ha sido una tarea compleja que requirió realizar medidas probatorias de manera insistente y entrecruzada a distintas reparticiones del Ejército Argentino, lo que poco a poco posibilitó desentrañar un entramado de prácticas y conductas tendientes a ocultar y con ello sostener el no esclarecimiento de hechos de violencia sexual basados en cuestiones de género”, aseguró.
Por último, en virtud de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país, el fiscal federal sugirió distintas medidas reparatorias en favor de la víctima y tendientes a evitar su repetición, las que en su caso deberán ser cumplidas por el Estado Mayor General del Ejército, el Ministerio de Defensa de la Nación y el propio imputado, que deberán ser analizadas al momento de realizarse el juicio oral.
El caso de abuso por el que quedó procesado el ex Jefe del Regimiento
En mayo pasado, el juez federal Hernán Viri procesó con prisión preventiva al mayor del Ejército Facundo Candiotti y el suboficial Víctor Mercado por una trama de abusos sexuales ocurrido en el Regimiento Dragones a raíz de la denuncia de varios soldadas.
Mercado fue procesado con preventiva por ser autor “penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con el delito de lesiones psicológicas agravadas en calidad de autor por haber sido con violencia de género"
En tanto que Candiotti fue procesado porque Viri lo considera prima facie "autor penalmente responsable del delito de encubrimiento por ayudar al imputado Mercado a eludir las investigación de Justicia, por haber hecho desaparecer y alterar prueba y por no denunciar la comisión de un delito, agravado por ser el hecho precedente un delito especialmente grave y por su condición de funcionario público”.
Los hechos denunciados por las víctimas datan de 2016 según una de las víctimas que denunció directamente a Mercado de quien dijo que le hacía comentarios inapropiados y hasta quiso besarla a la fuerza. Las otras víctimas también señalaron situaciones de abuso sexual que implicaban a otras personas bajo investigación.
El juez dio por probado que incluso utilizando las cámaras de seguridad del Regimiento le hacían un seguimiento a las víctimas para conocer todos sus movimientos y cuando en el caso de una de ellas iba a la zona de piletas, utilizaban los dispositivos para observar detalladamente sus partes íntimas aprovechando que ella estaba en bikini.
Las tres mujeres acudieron a la Justicia Federal luego que no recibieran respuesta de la institución militar pues ellas habían iniciado denuncias internas que nunca prosperaban. Por ello, es que recayeron las sospechas sobre Candiotti de encubrimiento.
Además, también se comprobó que algunos testigos que se presentaban a declarar sufrían de amenazas sobre lo que iban a decir ante la Justicia una vez iniciada la causa y sufrían reprimendas, y en algunos casos se detectó que se quiso destruir la prueba solicitada por el juez puertas adentro del Regimiento.
El 4 de agosto de 2022, en línea con el pedido del representante del Ministerio Público Fiscal, el Juzgado Federal de Gualeguaychú procesó al imputado como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante.
En su presentación, el fiscal consideró que los hechos que se investigan en esta causa “configuran violencia sexual hacia las mujeres en el ámbito laboral y que ocurrieron dentro de un establecimiento militar”.