Fiscales a la calle
¿Quién le pone el cascabel al gato, quién se anima a decir gratuitamente lo que después le será cobrado con creces?. Varios años explicando a quien quiso oír como funcionaba el viejo sistema, lo que hoy usted define en términos vulgares: la puerta giratoria de la justicia. José L. M. Morrison*Opinión Considero ahora pertinente y útil producir este ensayo sobre uno de los apoyos sobre los cuales gira esta puerta y, para no ser mezquino, entendamos que también puede ser una puerta vaivén.Existe un reglamento que ordena el funcionamiento de la fuerza policial para nuestra provincia, una Constitución provincial a la cual aquel debe someterse, un Código Penal para toda la nación, también un código de procedimiento penal que hoy expira sus últimos alientos, y un nuevo código procesal penal anunciado con clarines y trompetas como la solución a los problemas y al que yo dí en llamar hace tiempo: el monstruo de dos cabezas.Supongamos: ocurre un hecho al cual definimos como delito, ¿quien investiga?. El Juez de instrucción ya no existe más. ¿Entonces? bien, ahora el titular de la acción penal es el Fiscal, es él quien debe llevar adelante la investigación y a su consecuencia sostener posteriormente la acusación; entonces olvídese del juez, apúntele ahora al Fiscal en turno.Pero, ¿cómo se concreta la investigación?. Supongamos: un robo en boulevares Daneri y 2 de Abril, ¿a quién llama la victima?: a la policía; ésta va, pero, ¿de quién depende el funcionario policial que se apersona en el domicilio?, ¿del Fiscal?, ¿del Jefe de Policía? ¿del intendente?. Aquí comienzan los grises del nuevo procedimiento penal, por cuanto los Fiscales son ahora los que cumplen la tarea que antes ejerciera el viejo juez instructor y la policía ya no toma declaraciones prevencionales a testigos.¿Cómo hacen entonces si no tienen personal a cargo?. Incorporamos ahora otro dato para profundizar el análisis: ¿cómo funciona la fuerza policial ?, pues bien, de abajo para arriba: el agente del Jefe de Comisaría, el Jefe de comisaría del Jefe Departamental, éste del Jefe provincial, éste en forma directa del Ministro de Gobierno y éste finalmente del Poder Ejecutivo Provincial.¿Quién es en definitiva el responsable último de lo que hace o deja de hacer la policía?, exactamente, el Gobernador de la provincia en su carácter de titular del Poder Ejecutivo. Entonces dirá usted ¿cómo hace el Fiscal para investigar? si solo depende de él, personal administrativo judicial que cumple horario de 7 a 13 en apretadas dependencias del edificio de Tribunales y luego se va para su casa.En fin, esta es la cuestión, el Fiscal no tiene personal subalterno de calle de su estricta confianza y conocimiento personal que valore y lo convoque según sea el caso, que sea sus ojos y que dependa de éste en forma directa, que emprenda la tarea, que se capacite y especialice para realizar esta neurálgica misión, fundamental misión, esto es el todo.Claramente quien investiga es el que descubre, el que ilumina, el que señala; créame, el éxito de la investigación de los hechos delictivos pasa por estas manos, y a esto lo debemos traducir en una palabra: poder. Seguridad al sistemaQuien cuente con la independencia necesaria para investigar y su resultado llegue a las manos de los jueces de sentencia sin perturbación alguna será el que dará credibilidad y seguridad al sistema y nadie quedará exento de ser investigado; por ello, en mi carácter de abogado del debido proceso legal, no puedo dejar pasar esto.Ahora bien, tomada la -notitia criminis- la policía debe avisar al Fiscal en turno, pudiendo el agente realizar actos urgentes para evitar que el hecho cometido sea llevado a consecuencias ulteriores, asegurando elementos de prueba que ayuden a individualizar al autor del hecho, debiendo informar mas tardar dentro de las 12 horas la existencia de la denuncia, debiendo elevar la misma dentro de las 24 horas y será el Fiscal quien obre en consecuencia.Vivimos en el reino de la improvisación, el código procesal penal hoy en crisis tenía previsto el dictado de la ley para la creación de la famosa policía judicial, sabrá usted porque nunca se dictó!.Cómo pudimos decir que no servía si nunca pudo funcionar a pleno, este nuevo código instituyó a los cuestionados inquisidores jueces de instrucción en jueces de garantía! y jueces de sentencia!, a las Secretarias/os de los Juzgados de Instrucción en Fiscales y Fiscales adjuntos! y a los empleados judiciales se los desparramó por distintas dependencias judiciales.¿Es esto escandaloso?. No, digo que esto ha sido algo como: ayer fui hombre, hoy soy mujer, ¿entonces?; digo que ha sido desprolijo, desordenado, improvisado, digo que se ha contaminado y perdido la oportunidad de brindar el pretendido mejoramiento del tan cuestionado servicio de justicia penal. Para esto no teníamos que desechar el viejo código, bastaba con crear la policía judicial e incorporar mediadores penales, juicio plenario por jurados y algún que otro retoque. Botón para muestraPor último debe usted preguntarse ¿qué parámetros tomo yo, abogado de la matrícula, para abordar este tema?, podría acudir al sabedor popular y responderle: un botón sobra para muestra!. Créame que tengo no uno sino varios, tanto como defensor y como querellante, representando a la víctima, sin embargo le diré: el nuevo sistema arrancó el 5 de febrero de 2013, el número de notificación de archivo de denuncias de algunos clientes del estudio alcanzaba el N° 1700, es decir 1700 potenciales hechos delictivos.Ahora bien casos llegados a juicio según aproximaciones de mis colegas no llegan a 20 ó 30, súmele a esto los casos que se habrán resuelto en mediación y juicios abreviados, ¿que habrá pasado con el resto?; usted insista y pregúntese cuál será mi interés.Voy a responder con el mayor egoísmo de mi parte: mi interés también me encuentra como víctima de hechos delictivos, es que el sistema funcione, que el sistema de justicia le dé su justa respuesta, lo beneficie o lo perjudique; porque ello me beneficia a mí en términos profesionales y económicos; si yo no le puedo dar respuestas satisfactorias a su problema con qué cara pretenderé cobrarle mis servicios profesionales.Considero a mis 50 años tener el espíritu y el alma suficientemente serenos y la firme convicción de que así se cambia para que nada cambie; y lo último que necesitamos es que aparezca una voz gruesa y profunda a reclamarnos paciencia y ofrecer promesas de utópicas soluciones.Seguramente mas de uno se sentirá tocado por estas líneas y espero que así sea, al que le quepa el sayo que se lo ponga, el que no esté a la altura de las circunstancias que renuncie y si los Fiscales no pueden cumplir eficazmente su función porque no tienen policía judicial a su cargo, que no pretendan -vestir al muerto-; deberán ser éstos quienes salgan a la calle a compulsar con la víctima hasta que tengan policía judicial a cargo y que no dependa de otra cabeza.Antes teníamos 3 jueces de instrucción para resolver las causas penales, ahora tenemos 9 Fiscales, 2 jueces de Garantía y 3 Jueces de sentencia. PD: quiere que le diga qué considero escandaloso.Anote: que en esta ciudad un estudio sanguíneo de alcoholemia tenga que mandarse a Paraná, que teniendo morgue judicial aquí, las autopsias deban realizarse en Oro Verde-Paraná, que el gabinete criminalístico local no pueda determinar un ADN y deba mandarse a Paraná, que ni siquiera pueda determinar una huella digital por sistema informático, que el registro civil local no esté informatizado para identificar rápida y eficazmente una simple acta de matrimonio y la lista sigue. * Abogado de Gualeguaychú: Profesor de Derecho Penal y Responsabilidad Civil
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