Justicia mediática y estado de inocencia
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La Justicia, especialmente Federal Penal y Fiscalías, están zarandeadas y razones existen. Los medios concentrados, en delitos de resonancia pública, no favorecen a la solución de los conflictos, facilitando al descreimiento del sistema; sin perjuicio de las necesarias reformas y controles de los operadores judiciales, para que sea eficiente y para todos. Eduardo García Jurado Ocurre al no conocerse los límites a los que se deben someterse las partes en el juicio, al derecho del encausado -estado de inocencia- y al derecho de la ciudadanía a estar verazmente informada. O simplemente por intereses en juego.Por la Constitución, toda persona sometida a proceso penal es inocente hasta el dictado de una sentencia condenatoria firme. Debido al estado de inocencia, el encausado permanece en libertad mientras tramita el juicio; se restringe la libertad ambulatoria en forma excepcional, provisional, fundada y por graves motivos.Para la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, todos los delitos, admiten la excarcelación, salvo que existan fundadas sospechas que el encausado al otorgársele la libertad, pueda entorpecer la investigación o eludir la acción judicial (fuga).En democracia, la política criminal, salvaguarda el estado de inocencia. Lo contrario sería retornar al sistema inquisitivo (Edad Media): el imputado permanecía detenido como regla general, el inicio del proceso se convertía en el comienzo del castigo, con todas las arbitrariedades que solía acarrear.Hoy vemos como, "en vivo, directo y replay", se detiene a una persona, en la intimidad de su hogar; procedimientos sin fundamento racional que justifique el eventual daño procesal de permanecer en libertad el imputado que, nos retrotrae a la edad de oro de la víctima, cuando ésta podía hacer lo que quisiera en venganza por el delito sufrido. Desandar el estado de derecho, es insostenible, puesto que en el futuro, hipotéticamente, de ser detenido-sin condena- un funcionario del actual gobierno, al menos, esperamos, no se lo exhiba en su hogar y en ropa interior. De ocurrir esto, de mínima se aplique, como límite la ley del Talión (hora cero del derecho).Por el estado de inocencia, el juzgador para arribar a la sentencia condenatoria, debe tener por acreditado con certeza la responsabilidad criminal del acusado, ante la duda debe resolver en beneficio del mismo.Estos principios actúan como límite al poder coercitivo del estado, en beneficios de todos los ciudadanos, "no sólo de los delincuentes". Si no existiesen dichas garantías, el "poder de policía" estatal podría invadir nuestras vidas, terminando con el estado democrático.Los medios de comunicación, actuando en forma independiente y con responsabilidad, facilitan al pueblo el control republicano.-Ante el poder de dicha intermediación, nos preguntamos cuál es el límite de la información, sobre presuntos hechos delictivos y posibles autores. Más aún cuando nos referimos a investigaciones preliminares, sin requerimiento acusatorio debidamente formulado, etapa posterior en donde la publicidad del juicio está garantizada por el procedimiento oral.Los límites a la información, está dado por el respeto al analizado estado de inocencia. Las partes, el tribunal interviniente y los medios, podrán informar en la medida que no se afecte el estado de inocencia y no actúe la publicidad de dicha tarea preliminar como obstáculo o imposición en la tarea de averiguar la verdad.Todo ciudadano, sometido a proceso, tiene derecho a un juicio imparcial, en un tiempo prudencial y libre de presiones. En algunos casos, no se respetan los derechos en juego. La población ante una información periodística no desmentida oportunamente, considera responsable a quien termina absuelto. Ciertos anuncios periodísticos hablan a pocas horas de un hecho delictivo, y afirman que "el caso está resuelto", cuando incluso no ha llegado materialmente a manos del Juez. O al publicitar futuras detenciones que luego no se producen.El ciudadano mal informado, ignorando los principios aludidos, desconfía de las instituciones, "observa con sorpresa" que, el "condenado" para el erróneo tratamiento informativo, queda en libertad a pocas horas del suceso, o absuelto luego de un prolongado tiempo.*Criminología-Derecho-U.N. L. Z. Centro de Estudios Penales y Sociales
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