Las cárceles y el ideal de reinserción
Una persona que ha entrado al sistema carcelario, después de purgar su pena y de haber recuperado su libertad ¿está en condiciones de reinsertarse en la comunidad? Hay toda una corriente de opinión que sugiere que las prisiones, en lugar de convertirse en centros de rehabilitación de los internos, como lo postula el mandamiento constitucional, agravan su condición moral.Los más críticos hacia el sistema sostienen que éste, contra su postulado ideológico, se ha constituido paradójicamente en un centro de capacitación especializado de delincuentes.Según esta hipótesis, una persona que ha ingresado a la cárcel por haber incurrido en un delito, cuando sale de ese ámbito, lo hace peor a cómo entró con respecto a su vida en sociedad.Su permanencia en prisión sólo le habría servido para ser humillado, tratado en condiciones infrahumanas, sometido a vejaciones de todo orden. Y esto cerraría cualquier posibilidad de reeducación.Este proceso por el que ha terminado en prisión, por los errores que ha cometido, por las malas decisiones que ha tomado en su vida, le habrían llevado a un lugar que no lo ha hecho mejor.Desde este lugar crítico hacia el sistema carcelario, se diagnostica que de él se sale con más resentimiento, con más odio y desprecio por los demás. Es decir, no se sale del sistema para enderezar el rumbo en la vida, desde cero, sino listo para la revancha.Distintos documentales televisivos o reportes periodísticos dan cuenta de los excesos cometidos en las cárceles, la violencia y la corrupción. Un clima en el cual difícilmente alguien pueda corregir sus errores, o arrepentirse.De alguna manera, los ciudadanos pretenden que en la cárcel los detenidos sean realmente castigados. Pero a la vez se pretende que cuando salgan de prisión, se reinserten en la sociedad. ¿Estamos, acaso, frente a dos objetivos incompatibles entre sí?La Constitución Nacional, al justificar la existencia de las cárceles, concibe a éstas como sitios de regeneración humana, no como lugares siniestros donde sólo cabe el castigo hasta el límite de la degradación.El artículo 18 de la Carta Magna, en efecto, reza: "Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que ella exija hará responsable al juez que la autorice".No hace mucho la abogada penalista Florencia Arietto, presidente de la ONG Arde la Ciudad, en declaraciones al diario Perfil señaló que "objetivamente, las posibilidades de reinserción que tiene un detenido cuando recupera su libertad, son nulas. El sistema parece estar establecido para entrenar sicarios, en lugar de reinsertar gente que terminó de purgar una condena por violar una norma social".Por su parte la socióloga Verónica Durand, con experiencia en la subsecretaría de Asuntos Penitenciarios de la Nación, opinó que el dispositivo carcelario, en tanto método de ejecución de pena, "difícilmente cumpla una función en relación al cambio de proyecto de vida de una persona que delinque".Si es cierto que las condiciones de reclusión dificultan las posibilidades de resocialización fuera de las cárceles, como creen estos especialistas, se plantea un serio problema.¿Acaso hay que concluir que el sistema carcelario es un remedio peor que la enfermedad? ¿Que en realidad agrava aquella realidad que pretende corregir o sanar?
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