Los bienes digitales ¿no se pueden heredar?
Uno puede regalar, donar o legar su colección privada (por ejemplo de libros) en vistas de la muerte. Esta disponibilidad, asociada al derecho de propiedad, aparentemente no funciona para el caso de los bienes culturales en la red.El actor Bruce Willis pensaba legarle a sus hijas, después de muerto, la inmensa colección digital de música que venía comprando. Sin embargo la tienda Apple, donde hizo sus adquisiciones, se negó a esa transferencia.La prensa británica acaba de informar que la estrella de Hollywood ha gastado una fortuna en su extensa colección de música de iTunes. Y ante la imposibilidad de darla en herencia, evalúa iniciar acciones legales contra la multinacional de equipos electrónicos y software.De esta manera, Willis calentaría una campaña en defensa de los derechos de los internautas que descargan, previo pago, contenidos de archivos de Internet. El episodio ha abierto un debate sobre la transmisión de bienes culturales, y que ya está enfrentando a compañías y usuarios.En el proceso de acopio privado de bienes culturales subyace el secreto anhelo de trascendencia: legar ese tesoro a su heredero o a una fundación con el nombre de uno. Por lo visto esta lógica no cabe para el caso de los archivos electrónicos.En el mundo digital "uno ya no compra cosas, sólo el derecho a usarlas", razona el periodista Daniel Verdú, en el diario El País de España. Los coleccionistas como Willis se están percatando de este principio, que aparentemente está en letra chica en los contratos con las empresas digitales.Amazon, una de las firmas de este universo, remite a sus usuarios este párrafo con las condiciones legales: "Salvo que se indique específicamente lo contrario, no podrá vender, alquilar, distribuir, emitir, otorgar sublicencias, ni de algún otro modo, asignar ningún derecho sobre el Contenido Digital o parte del mismo a terceros [...]"Conclusión: cuando se le paga a estas empresas por un archivo no se adquiere una copia, sino una licencia personal para poder disfrutar del producto sin derecho a compartirlo ni mucho menos legárselo a seres queridos.Tal y como observa Paul Wellis, de la publicación especializada Digital Journal, si los consumidores están pagando para que Apple les "preste" un producto, entonces no se trata de una venta sino de un alquiler.Si "compras un producto", dice Wellis, "tienes derechos" y, en ese caso, quizás el hipotético reclamo de Bruce Willis tendría argumentos en su defensa. Pero en el mundo de los productos digitales el asunto no es tan claro."Es un desastre que otros no puedan disfrutar la biblioteca que has creado durante años. No quedará más remedio que dejar tu clave a los herederos. Pero es una barbaridad que creo que se mejorará en algún tiempo. A veces no damos la importancia que realmente tienen a estas cosas", opina por su lado el español Fernando García, periodista especialista en ebooks y autor del blog 'Sin Tinta'.Los expertos en propiedad intelectual coinciden en afirmar que Internet es hoy un entorno de relaciones contractuales donde el problema es que la posición negociadora de las partes no es la misma.Allí funcionan conglomerados que imponen las condiciones de prestación de servicio. Los teóricos consideran que el Derecho, en general, hasta ahora siempre ha ido un paso por detrás de la realidad que ha tenido que legislar.Con la llegada de las nuevas tecnologías de la información, esa demora se ha agravado. El derecho todavía no se pone de acuerdo a la hora de regular la venta de productos digitales.
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