Los deudores y acreedores
En la técnica contable se usa la palabra "deudores" para identificar una porción del activo por las cuentas a cobrar, y la de "acreedores" como una parte del pasivo por las cuentas a pagar.
Por Luis Alberto Dalcol*
OpiniónMás en el uso económico cotidiano el significado es totalmente opuesto, ya que aceptamos por deudores "a los que deben", y por acreedores a los que tienen algo "por cobrar".Aquí le vamos a asignar este último significado, es decir el no técnico contable sino el del lenguaje común, y se hará sobre los mismos algunas reflexiones.
EN LAS CRISIS
En principio convengamos que en las épocas de crisis económica, de recesión, los "platos rotos" los pagan los "acreedores", porque las medidas que se toman lo son en beneficio de los "deudores", sin compensaciones para los primeros. Y esto es así porque son los que algo "tienen".Recordemos que cuando se implementó el desagio, las cuentas a cobrar se redujeron en el costo inflacionario implícito que consideró la normativa, y así los que debían pagar pagaron menos; y, obviamente los "acreedores" se perjudicaron porque no cobraron los que habían convenido entre las partes.Las recurrentes leyes de moratoria, condonatoria, blanqueos, acuerdos fiscales y otras liberalidades sobre impuestos, benefician siempre a los que deben, a los deudores, y son normas a las que no acuden los que no deben.Igualmente, y aunque menos frecuente, en el ámbito financiero y/o comercial, y ante situaciones que la realidad lo amerita, se conceden gracias o arreglos en favor de los que deben.En los períodos de inflación, en los que el poder adquisitivo de la moneda se reduce, si no han sido previstos, también se benefician los deudores.
LA ASISTENCIA FORMAL Y PERMANENTE
El derecho asiste a la empresa en crisis con una legislación especial a través de los procesos judiciales de concursos y de quiebras, en el que se protege al deudor, deteniendo ejecuciones y otorgando otros beneficios. Y, salvo en el avenimiento, cuando los acreedores cobran, cobran en plazos más largos o con quitas en los montos, o con la combinación de ambos sacrificios, ya que la legislación prevé dichas modalidades de ayuda en pro de la continuidad de empresa.
REGLAS Y JUSTIFICACIONES
Se puede razonar que en épocas normales las "reglas de juego" las impone el acreedor; y entonces, si devienen tiempos de crisis, estos deben servir para compensar a los deudores por la posición dominante alcanzada por los acreedores en las bonanzas, y paguen así algunos de sus excesos o abusos.
DEUDAS, PAGOS Y DEFAULT
En la actual crisis mundial se observa que E.E.U.U. y algunos países de Europa deciden afrontarla con la emisión de bonos, transformándose en consecuencia en grandes deudores.El interrogante es saber si los mismos serán cancelados en los plazos previstos y bajo qué forma.Para el caso en que los paguen ortodoxamente necesitarán disminuir sus gastos y elevar considerablemente sus impuestos.No se puede descartar que decidan licuar sus deudas con procesos inflacionarios u otras alternativas monetarias o de comercio exterior, e incluso con hoy impensables posicionamientos de default.Pero cuidado porque, inexorablemente, a las crisis siempre las pagan los acreedores.* Contador Público Nacional
Por Luis Alberto Dalcol*
OpiniónMás en el uso económico cotidiano el significado es totalmente opuesto, ya que aceptamos por deudores "a los que deben", y por acreedores a los que tienen algo "por cobrar".Aquí le vamos a asignar este último significado, es decir el no técnico contable sino el del lenguaje común, y se hará sobre los mismos algunas reflexiones.
EN LAS CRISIS
En principio convengamos que en las épocas de crisis económica, de recesión, los "platos rotos" los pagan los "acreedores", porque las medidas que se toman lo son en beneficio de los "deudores", sin compensaciones para los primeros. Y esto es así porque son los que algo "tienen".Recordemos que cuando se implementó el desagio, las cuentas a cobrar se redujeron en el costo inflacionario implícito que consideró la normativa, y así los que debían pagar pagaron menos; y, obviamente los "acreedores" se perjudicaron porque no cobraron los que habían convenido entre las partes.Las recurrentes leyes de moratoria, condonatoria, blanqueos, acuerdos fiscales y otras liberalidades sobre impuestos, benefician siempre a los que deben, a los deudores, y son normas a las que no acuden los que no deben.Igualmente, y aunque menos frecuente, en el ámbito financiero y/o comercial, y ante situaciones que la realidad lo amerita, se conceden gracias o arreglos en favor de los que deben.En los períodos de inflación, en los que el poder adquisitivo de la moneda se reduce, si no han sido previstos, también se benefician los deudores.
LA ASISTENCIA FORMAL Y PERMANENTE
El derecho asiste a la empresa en crisis con una legislación especial a través de los procesos judiciales de concursos y de quiebras, en el que se protege al deudor, deteniendo ejecuciones y otorgando otros beneficios. Y, salvo en el avenimiento, cuando los acreedores cobran, cobran en plazos más largos o con quitas en los montos, o con la combinación de ambos sacrificios, ya que la legislación prevé dichas modalidades de ayuda en pro de la continuidad de empresa.
REGLAS Y JUSTIFICACIONES
Se puede razonar que en épocas normales las "reglas de juego" las impone el acreedor; y entonces, si devienen tiempos de crisis, estos deben servir para compensar a los deudores por la posición dominante alcanzada por los acreedores en las bonanzas, y paguen así algunos de sus excesos o abusos.
DEUDAS, PAGOS Y DEFAULT
En la actual crisis mundial se observa que E.E.U.U. y algunos países de Europa deciden afrontarla con la emisión de bonos, transformándose en consecuencia en grandes deudores.El interrogante es saber si los mismos serán cancelados en los plazos previstos y bajo qué forma.Para el caso en que los paguen ortodoxamente necesitarán disminuir sus gastos y elevar considerablemente sus impuestos.No se puede descartar que decidan licuar sus deudas con procesos inflacionarios u otras alternativas monetarias o de comercio exterior, e incluso con hoy impensables posicionamientos de default.Pero cuidado porque, inexorablemente, a las crisis siempre las pagan los acreedores.* Contador Público Nacional
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