CRIMEN DE IVÁN PÉREZ
Madres de Plaza de Mayo de Gualeguaychú pretende intervenir en la causa
La Asociación que se fundó tras los años más oscuros de la historia argentina busca constituirse como querellante en la causa donde se investiga el homicidio de Iván Pérez, pero la figura penal acogida fue rechazada por el Juez de Garantías en primera instancia y se espera la apelación en Gualeguay.
Carlos Riera Mientras la Investigación Penal Preparatoria, que tiene a su cargo el fiscal Lisandro Beherán, sigue su curso, se abrió un nuevo frente que deberá discutirse en la Cámara de Juicios de Gualeguay tras una apelación que concedió el juez de Garantías de Gualeguaychú, Tobías Podestá. Las partes involucradas ya estaban constituidas. Por un lado la Fiscalía, por otro lado la querella representada por Pablo Di Lollo y por último la defensa del sargento de Policía, Mauricio Gómez, en manos del abogado Alfredo Vitale. Pero en las últimas horas se conoció la intención de que se sume un nuevo actor: las Madres de Plaza de Mayo de Gualeguaychú. La presentación se hizo la semana pasada bajo la figura jurídica de Víctima difusa o colectiva. En realidad es igual que una querella, solo que bajo otro nombre porque en realidad la querella ya está representada por la familia de la víctima. El problema que se presentó es que el Juez de Garantías consideró que Madres no encaja en ninguna de estas dos figuras porque en realidad el delito que se ha violentado en este caso es individual. Sentar un precedente “Madres decidió presentarse bajo esta figura a los fines de controlar el proceso, para que se cumplan con todas las garantías tanto para Gómez como para los familiares de Iván; y que el proceso llegue a una decisión justa acorde a derecho”, manifestó a ElDía el abogado Hernán Castillo, que patrocina a la Asociación. “Al tratarse de un organismo de promoción, defensa y difusión de los Derechos Humanos, más allá de que surgieron al calor del reclamo por Memoria, Verdad y Justicia y los juicios por lesa humanidad, ellos tienen un estatuto cuyo objeto prevé la presentación ante las autoridades para hacer valer o defender cuando existe una violación de los Derechos Humanos; y entienden que en el caso del homicidio de Iván Pérez, al haber ocurrido durante un procedimiento policial, deben intervenir para que haya justicia”, agregó el letrado.
“Como es el Estado a través del agente de Policía el que ha intervenido, puede haber alguna violación a los Derechos Humanos, al derecho a la vida principalmente, entonces con ese estatuto consideran que tienen fundamento para presentarse como Victima difusa o colectiva”, explicó. Castillo consideró que el Código Procesal Penal prevé un lugar dentro del proceso para asociaciones que quieren intervenir como querellantes en algunas causas donde hay un delito que puede haber afectado algún interés colectivo y/o difuso para la sociedad o un grupo determinado de personas que han sido víctimas de un delito. “Ingresamos a la causa a través de esa figura, pero el Juez de Garantías en primera instancia lo rechazó. Hace una diferenciación entre lo que es el daño difuso y/o victima colectiva para rechazarnos. La victima colectiva es un grupo determinado de personas que se ven afectadas por un determinado delito que afecta a un bien jurídico que en este caso es la vida y la victima difusa sería un grupo indeterminado de personas que sus intereses se verían afectados por un delito”, indicó el abogado. “Nosotros no coincidimos con esta visión (de Podestá para rechazar la presentación) porque creemos que la defensa de los Derechos Humanos compete a toda la sociedad y no a un grupo determinado de personas, porque por más que sea un hecho individual nosotros consideramos que los abusos policiales tienen que ver con la responsabilidad del Estado para proteger los Derechos Humanos”, declaró, e incluso fundamentó que “los tratados de Derechos Humanos hacen responsable a sus Estados y por ende a sus Estados provinciales y a sus fuerzas policiales frente a la violación de los Derechos Humanos, y por eso creemos que existen razones para estar acogidos acogidos bajo esa figura y podamos ingresar al proceso; y de esa manera controlar que se haga justicia”. La semana pasada se apeló esta resolución de Podestá, pero fue el mismo magistrado el que concedió en las últimas horas la apelación ante el Tribunal de Juicios de Gualeguay (que actúa como revisor de las instancias apelativas de Gualeguaychú y viceversa). Lo que se remitirá a Gualeguay es un “incidente” mientras la causa sigue su curso y será el Tribunal de la vecina ciudad quien deberá fijar fecha de audiencia para discutir este punto. “La idea de Madres es poder sentar un precedente para llegar hasta las últimas instancias de apelación, porque están con decisión firme para empezar a intervenir en casos similares donde hay apremios ilegales”, agregó Castillo.ESTE CONTENIDO COMPLETO ES SOLO PARA SUSCRIPTORES
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