Nuestro comportamiento ante el fraude y la corrupción
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Las grandes firmas internacionales de auditoría llevan estadísticas a nivel mundial sobre la conducta humana en sus comitentes para las que prestan servicios. La mayoría de ellas convergen en que - aproximadamente -un 20 % de las personas actúan con honestidad, que un 20 % lo hace con deshonestidad y que el 60 % restante tienen actitudes o comportamientos oscilantes. Luis Alberto Dalcol Los motivos que llevan a cometer fraude - ordenados por frecuencia - se revelan en: la oportunidad, la ambición y en problemas económicos del infractor. La forma más habitual de descubrir el fraude sigue siendo la denuncia, principalmente del cónyuge, empleado, colega, cliente o proveedor.De este panorama deriva la exigencia de los organismos hacia el auditor; en cuanto a actuar con abierta actitud a la duda, al escepticismo, al cuestionamiento o a la incredulidad sobre la información aportada para su análisis. LA AUDITORÍA Y EL FRAUDE CONTABLELa auditoría se identifica con tareas de contralor. En el ámbito público su objetivo se vincula con aspectos de legalidad, es decir dictaminar si se ha cumplido con la norma escrita, establecida. En el terreno privado se direcciona - fundamentalmente - a detectar el fraude; en referencia a cualquier acción personal de la que, por engaño, se saque alguna ventaja ilegal o injusta.El fraude es siempre un ocultamiento de lo verdadero o una afirmación de lo falso, mediante ardid o abuso de confianza, hecho que perjudica a alguien. Entre los perjudicados de un fraude pueden estar accionistas, contratistas, el Estado, los contribuyentes, o bien el interés público general, como ocurre con el lavado de activos vinculados al narcotráfico y al terrorismo. REGULACIÓN PROFESIONALPara esta cuestión económico contable existen normas de auditoría de cumplimiento obligatorio, emitidas por organismos nacionales e internacionales que regulan y ejercen el control de policía de la profesión. Son reglas de aseguramiento que cumplen principios de adecuación y uniformidad.Estos organismos también emiten manuales con pautas preventivas - que se conocen como normas de control interno - cuya responsabilidad de implementación le corresponde a la administración de las organizaciones. La del auditor no refiere a resultados, sino al cumplimiento de los procedimientos correspondientes a su cargo. EL LAVADO DE ACTIVOSLas normas de lavado de dinero intentan conocer la licitud de origen de los fondos y de su aplicación, principalmente en el financiamiento del terrorismo. Actualmente se exige a contadores, en función de Síndico o de Auditor de entes con activos superiores a $ 10.000.000 o que en el último ejercicio duplicaron ventas, a inscribirse en la U.I.F.. Se obliga asimismo a cumplimentar tareas cuasi de centinela, como llevar manual de procedimientos, perfil de los clientes, archivos en soportes que permitan exportación, emitir R.O.S. o R.F.T., y a otros requisitos relacionados. Es una delegación de funciones al sector privado que ha originado variadas opiniones, pero que ya ha sido legislada y reglamentada, y que se debe cumplir. NUESTRO COMPORTAMIENTOMás allá del aspecto técnico de esta nota, lo que resulta impactante es el dato estadístico volcado en el párrafo de inicio, el que nos llama a la reflexión por el reducido porcentaje de sujetos que - según los criterios de las grandes firmas - se presume actúan con comportamientos honestos. Igual sorpresa aportó el Coloquio de IDEA realizado en Mar del Plata el mes pasado; al preguntársele a los empresarios si era censurable un acto de corrupción para lograr una aprobación retenida en mala forma: solo el 53 % respondió que siempre es condenable. De allí se puede deducir que casi la mitad de nosotros echamos por la borda la máxima ética en cuanto a "que el fin no justifica los medios".
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