SIGUE LA POLÉMICA POR LAS IMPUGNACIONES
Nuevo dictamen del Procurador General Jorge García contra la asunción de Mauricio Davico
Al igual que el primero que realizó antes de las elecciones, el Jefe de los Fiscales de la provincia insiste con que la asunción de Davico el próximo 10 de diciembre es inconstitucional. Insiste con que no cumple con los años de residencia para haberse podido postular, pero principalmente apunta a que el hecho de que sea Presidente municipal de Pueblo Belgrano desde 2015 y pase inmediatamente al Ejecutivo de Gualeguaychú significa una re reelección.
El Procurador General de Entre Ríos, Jorge Amílcar García, volvió a emitir un dictamen que va en contra, esta vez, de la asunción del ganador de las elecciones municipales de Gualeguaychú Mauricio Davico, a quien acusa de que si asume el 10 de diciembre se estaría incumpliendo la Constitución provincial. El motivo es que no cumple con los años de residencia y que por haber sido intendente de Pueblo Belgrano inmediatamente antes, el hecho de que ahora lo sea de nuestra ciudad sería considerado una re reelección.
El nuevo dictamen del Jefe de los Fiscales surgió a pocos días de las elecciones Generales del 22 de octubre, donde Davico se impuso a nivel local. En este sentido, la opinión de García busca que se revoque el fallo del Tribunal Electoral de la Provincia de Entre Ríos (TEPER), que lo habilitó a competir en los últimos comicios.
Sin embargo, para García el tema no está resulto, y solicita que órganos judiciales intervengan para que Davico no asuma el 10 de diciembre, incluyendo en este pedido al Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) y la Corte Suprema de la Nación.
"Davico ha de lograr lo que el tristemente célebre (ex presidente) Carlos Menem no pudo: la Re reelección. De todos modos, un fallo revocatorio del STJER o aún un eventual fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación -dada su postura- podrían impedir la asunción del cargo", manifestó García en un escrito de 22 páginas.
En un tramo de su dictamen, el jefe de los fiscales señaló que “el artículo 234 de la Constitución de la Provincia establece que el Presidente y el Vicepresidente Municipal durarán cuatro años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelectos o sucederse recíprocamente por un período consecutivo más y luego por períodos alternados. En efecto, la reelección por un período consecutivo sólo se halla permitido una vez”.
“Para poder ser electo nuevamente, debe dejarse pasar un período: este es el único entendimiento posible del concepto “períodos alternados”. Período significa cuatro años y obvio ello no contiene el concepto de reelección. El hecho de que la re reelección sea en otra ciudad no quita sustancialidad semántica de que se trataría de otra reelección sucesiva, es decir contradictorio con la exigencia Constitucional y legal de alternancia”, argumentó García.
"El hecho de que la re reelección sea en otra ciudad no quita la sustancialidad semántica de que se trataría de otra reelección sucesiva, es decir contradictorio con la exigencia Constitucional y legal de Alternancia", sostuvo el Procurador, quien calificó el accionar del Intendente electo Mauricio Davico como "una maniobra análoga al fraude a la ley".
"Que Davico, todavía Intendente de Pueblo General Belgrano, ponga su domicilio en Gualeguaychú, que haya votado allí, no tiene ninguna trascendencia respecto a su deber ínsito en la función pública de residir en el lugar de su alta función pública", protestó.
Recordemos que Mauricio Davico resultó electo este domingo como intendente de Gualeguaychú por el 40.13% de los votos, cambiando el signo político de la Municipalidad luego de 36 años de administraciones peronistas.
Sin embargo, para Jorge Amílcar García el tema continúa sin ser resuelto y señala la gravedad institucional de la situación y de inconstitucional la candidatura de Davico, manteniendo los mismos argumentos de su primer dictamen, que al igual que este no es vinculante, aunque no dejan de ser la manifestación de quien lidera el Ministerio Público Fiscal en la Provincia.