Participación en ganancias y empresas pyme
Han sido presentados diversos proyectos de ley referentes al tema. El del sector de los trabajadores prevé la creación de un Consejo integrado por partes iguales entre gobierno, empresarios y empleados, que determinaría el límite de las ganancias por el cual todas las empresas deberían repartir el 10 % de las mismas entre su personal, a partir del tercer año de su promulgación.Luis Alberto Dalcol*Opinión En el primer año sería obligatorio para las que empleen más de 300 personas. En el segundo para aquéllas que superen 100 empleados.El 95 % del 10 % se repartiría en partes iguales según el salario percibido y las horas trabajadas. Con el 5 % restante se constituiría un Fondo Solidario para incrementar la asignación mensual de hijos de trabajadores no registrados.Se excluirían los provistos por empresas de servicios eventuales y los que superen a su remuneración en cinco veces el sueldo promedio pagado por la empresa.Aunque el proyecto no lo dispone, sus proponentes han expresado que es intención excluir de esta obligación a las empresas Pyme. Por otra parte, alguna entidad gremial empresaria que participara en las conversaciones y que acordara sobre el reparto de las ganancias, ha manifestado similar posición de exclusión. Por ello, parece atinado recordar qué es una empresa Pyme. LAS EMPRESAS PYMEEn Argentina existen aproximadamente 890.000 empresas, de las cuales 24.000 pertenecen a Entre Ríos. En ambas jurisdicciones, el 90 % de las mismas revisten características Pyme.Nuestra legislación (1) califica de micro, pequeña y mediana empresa por la actividad económica desarrollada, a la que separa en cinco sectores. Toma como único parámetro el promedio de ventas totales anuales de los últimos tres ejercicios. Este concepto no incluye el impuesto al valor agregado ni los impuestos internos y deduce hasta el 35 % el valor de las exportaciones.La mayor categoría Pyme es la mediana empresa y actualmente tiene los siguientes límites de ventas por sector: Agropecuario: $ 24.100.000, Industria y Minería: $ 82.200.000, Comercio: $ 111.900.000, Servicios: $ 28.300.000 y Construcción: $ 37.700.000. (2)No se considera Pyme a aquella empresa que reúne los requisitos pero que está vinculada o controlada por grupos económicos que superan los parámetros establecidos.En resumen, si es propósito de sus gestores excluir a las Pymes de la participación del reparto de las ganancias, se deberá modificar el anteproyecto y exponerla en su articulado en forma explícita, pues el límite de exclusión previsto refiere a número de empleados y a ganancias, y no a monto de ventas, como es la forma de calificar a las Pymes por la legislación específica.(1) Ley 24.467 (BO: 28.03.95), Ley 25.300 (BO: 07.09.2000)(2) Resolución (SpyMEyDR) 21/2010 (BO: 19.08.2010) * Contador Público Nacional
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