ASÍ LO DISPONE UNA ORDENANZA MUNICIPAL Y PROVINCIAL
Realizaron controles y auditorías a la planta de Tratamiento de Efluentes del PIG
Estas muestras se realizan para el control de la planta y que los resultados den dentro de los valores permitidos, según la ordenanza municipal y provincia.
Se realizó un muestreo a la Planta de Tratamiento de Efluentes del Parque Industrial. Para este proceso se realizaron cuatro muestras y una de contramuestra, que fueron llevadas al Laboratorio de Investigaciones Ambientales que pertenece a la Municipalidad de Gualeguaychú.
Es importante destacar que estos controles se llevan a cabo bajo la ordenanza de Plan General de Monitoreo Ambiental, y bajo la Ley provincial Nº 6.260
En este recorrido estuvieron presentes los biólogos Gustavo Schargorodsky y Juliana Giménez, y cabe destacar que estas muestras se realizan para el control de la planta y que los resultados den dentro de los valores permitidos, según la ordenanza municipal y provincia.
La Ordenanza Nº12798/2023, establece la creación del Plan General de Monitoreo Ambiental con el objeto de recopilar información de manera sistemática mediante muestreos y análisis ambientales, que permiten conocer y evaluar la calidad ambiental de todo el territorio de la ciudad de Gualeguaychú, para poder realizar las recomendaciones y actuaciones necesarias y así preservar o mejorar la misma.
Un monitoreo ambiental es el estudio sistemático y continuo de las variables ambientales mediante muestreos y análisis técnicos con el fin de conocer y evaluar las condiciones del ambiente y realizar recomendaciones de prevención o mitigación para mejorar la calidad ambiental.
Según la Ley Provincial Nº 6260, las sustancias cuya presencia en los residuos sólidos deberá ser especialmente declarada son: Arsénico, Berilia, Cadmio, Mercurio, Talio, Cromo, Plomo, Amianto (polvo y fibras), Selenio, Cianuros, Biocidas y herbicidas, Cobre, Isocianatos, Telurio , compuestos halogenados orgánicos, Antimonio, Fenales, Solventes, Alquitranes, Productos farmacéuticos, Peróxidos, cloratos, percioruros y azidas, Éteres, Carbonilos metálicos, Sustancias ácidas y/o básicas provenientes de tratamiento de superficies metálicas, Bifenilas y trifenilos policlorados y finalmente sustancias orgánicas con efectos carcinógenos.